sábado, 22 de septiembre de 2012

Impuestos


IMPUESTOS



En México los impuestos son de carácter obligatorio para los contribuyentes y consiste en pagarle al Estado una parte proporcional sobre lo que hemos obtenido por prestar nuestros servicios como profesionales o realizar una actividad que genere ingresos. El Estado “utiliza” estos tributos para ofrecer un mejor nivel de vida para la sociedad como por ejemplo otorgar educación pública gratuita, dar servicios de salud gratuitos en programas como “seguro popular”, etc.
Algunos tipos de impuestos son directos; aplicados directamente a la riqueza de las personas como lo es el ISR (el impuesto más importante en México), o indirectos; los que se pagan sin ser necesariamente contribuyentes (el que le paga directamente al fisco) como el IVA. Así, de alguna manera todos pagamos impuestos.
Estos pagos al estado deben de ser relativos según el nivel de ingresos que obtenga el contribuyente, es decir, el que gana más paga más impuestos y el que gana menos paga menos o queda exento de no pagar impuestos, dándole así un carácter de justicia a los impuestos.
Pero tenemos problemas (puesto que estamos en México y la justicia no siempre se cumple), ya que hay lagunas en las leyes las cuales son aprovechadas por contribuyentes que obtienen cantidades grandes de ingresos como son las empresas (personas morales) y esto no da carácter equitativo. De hecho en se ha visto que empresas importantes que ganan millones de pesos pagan hasta menos de $100.00 de impuestos. Siendo esto injusto.






Justificación:
Escogí este tema porque me ha comenzado a agradar desde que lo vi en la empresa en la que realizo mis prácticas profesionales y porque es la causa más común de que las empresas contraten contadores para que le calculen sus impuestos y ya, sin saber que el contador tiene funciones más allá de sólo calcular impuestos.





            



















Los impuestos en México ¿Quién los paga y cómo?

Autores: Fausto Hernández Trillo, Andrés Zanudio, Juan Pablo Guerrero Amparán

[22, de septiembre de 2012] 

No hay comentarios:

Publicar un comentario